EXPTE: CO-0062-01273504-9
Presentado: 16 FEB 2016
Art. 1º: Dispónese por medio de la presente las acciones y medidas necesarias para garantizar que los inmuebles identificados y afectados en el “Plan de Reservorios del Distrito La Costa” -aprobado por Ordenanza Nº 12.103- cumplan adecuadamente la función de coadyuvar a la captación, conservación, almacenamiento, regulación, derivación y/o conducción de los recursos hídricos pluviales, teniendo en cuenta las particularidades de la zona y la situación hidrológica y climatológica actual, en un todo de acuerdo con los estudios que forman parte del Plan Director de Drenaje Pluvial.
En una ciudad extremadamente vulnerable ante el riego hídrico, cada uno de los aspectos vinculados al sistema debe cumplir su función. Teniendo en cuenta tal premisa -y en momentos de serias dificultades debido a la crecida del río Paraná-por medio del presente, claramente estamos proponiendo la definición de aspectos que tienen que ver no solo con la planificación y ejecución de medidas estructurales en relación al riesgo referido sino, además, con aquellas denominadas no estructurales.
Nuestras posibilidades de minimizar el impacto de crecidas de los ríos, o de lluvias intensas, o ambas inclusive marcha inexorablemente de la mano de las medidas que podamos garantizar en este sentido.
El presente proyecto, en orden a lo señalado, tiene por objeto promover la planificación, elaboración y ejecución de una serie de medidas destinadas a garantizar que los inmuebles identificados y afectados en el “Plan de Reservorios del Distrito La Costa” -aprobado por Ordenanza Nº 12.103- cumplan adecuadamente la función de coadyuvar a la captación, conservación, almacenamiento, regulación, derivación y/o conducción de los recursos hídricos pluviales, teniendo en cuenta las particularidades de la zona y la situación hidrológica y climatológica actual.
En este orden de ideas, cabe mencionar que las características geográfico-topográficas del territorio donde se emplaza la ciudad de Santa Fe y el comportamiento de los ríos Paraná y Salado, que la rodean, generan la necesidad de abordar desde el Estado dos problemáticas principales: el riesgo proveniente del desborde de los ríos y la cuestión de la evacuación de las aguas de lluvia, en una planicie con escasa pendiente de escurrimiento.
Es así que, al momento de poner a consideración de este cuerpo una iniciativa directamente vinculada con la cuestión en análisis y que dio lugar a la sanción de una norma de gran trascendencia para la ciudad –Ordenanza Nº 11.959 que estableció el “Sistema de Regulación de Excedentes Pluviales”-, expresábamos que “en la ciudad existen 26 subcuencas que ocupan una geografía semi plana, rodeada de ríos, con escasísima existencia de declives, lo que, sumado a la existencia de los anillos de defensa, podríamos asegurar gráficamente que vivimos en una especie de ‘plato’. (…) Según el plan director realizado y diseñado por el Instituto Nacional del Agua (INA), cada subcuencadebería tener su conducto hacia el este u oeste, según la zona. Estos conductos, de gran sección son lo que aliviarían la evacuación de líquidos de origen pluvial llevándolos inmediatamente a los reservorios para, luego, desde allí y mediante del sistema de bombas, hacer llegar el agua a los ríos circundantes”.
En tal sentido, el papel de los reservorios es fundamental en su rol de colaborar con la tarea de mitigar la vulnerabilidad hídrica de la ciudad, en los casos en que se producen lluvias intensas en medio de una crecida de los ríos, y por ello imprescindible la necesidad de garantizar su adecuado funcionamiento. Es así que la demarcación exacta de los mismos, la realización de tareas vinculadas a garantizar su funcionamiento,acciones destinadas a controlar su utilización, entre otras numerosas medidas, son temas de que deben ser abordados con especial interés.
La presente iniciativa, entonces se enmarca en esta línea de trabajo que tanto desde el Departamento Ejecutivo Municipal como desde este Cuerpo Deliberante se viene desarrollando, en este línea corresponde mencionar aquí que se ha procedido a presentar, debatir y aprobar distintas propuestas vinculadas a la temática las que, fundamentalmente, han tenido por objetivo que todos los santafesinos tomemos conciencia en relación a las condiciones geográficas y naturales que presenta la ciudad y, además, que tengamos una ciudad más y mejor preparada.
Corresponde que mencionemos aquí, distintas normas que presentan gran trascendencia y han sido fruto del esfuerzo mancomunado de numerosos actores, a título de ejemplo: Ordenanza Nº 11.959 que establece el Sistema de Regulación de excedentes pluviales, ya mencionada; Ordenanza Nº 12.103, que refiere al Plan de Reservorios del Distrito de la Costa, vinculada al presente proyecto; Ordenanza Nº 12.179, por medio de la cual se aprobó el proyecto denominado “Reserva Natural Urbana (RNU) y Gestión deRiesgos Climáticos”; Ordenanza 12.245, por medio de la cual se declara a los reservorios existentes en el ejido municipal como bienes de dominio público local; sumado a una gran cantidad de resoluciones y otras normas que aportaron herramientas complementarias a las ordenanzas mencionadas.
Es así que, desde tal perspectiva, continuando con esa línea de trabajo y teniendo en cuenta las particularidades del fenómeno climático e hidrológico que estamos atravesando, planteamos la presente iniciativa de modo de seguir profundizando en la temática.
Por lo expuesto solicito a mis pares el acompañamiento necesario para la aprobación del presente proyecto.
Resolución
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