02 FEB 2012 / Publicaciones
Simoniello propuso la creación del Consejo Municipal de Promoción del Desarme Voluntario

El proyecto fue ingresado esta semana y consiste en la planificación de estrategias para difundir el Plan de Desarme Voluntario en Santa Fe. Las acciones se desarrollarán de manera conjunta con el Gobierno de la Ciudad y la Provincia.  

 

El Presidente del Concejo Municipal, Leonardo Simoniello, presentó el proyecto para la creación del “Consejo Municipal de Promoción del Desarme Voluntario”. La iniciativa, ingresada esta semana al Cuerpo Legislativo de la ciudad, contempla desarrollar campañas publicitarias por internet, medios gráficos, televisivos y radiales, tendientes a difundir toda la información del “Programa Nacional de entrega voluntaria de armas de fuego”, así como toda otra estrategia o acción complementaria que se lleve adelante en tal sentido.

 

Por tal motivo, Simoniello mantuvo una reunión con representantes del Municipio y la Provincia para brindar los pormenores de las acciones. La actividad se desarrolló durante la mañana de este miércoles en la Sala de Reuniones “Agustín Zapata Gollán”, ubicada en el primer piso del Concejo Municipal. De la misma, tomaron parte Sebastián Montenotte, subsecretario de Prevención y Seguridad Ciudadana Municipal; Diego Poretti, subsecretario de Seguridad Zona Norte de la Provincia; Rafael Colombo, director de Gabinete y Comunicación del Ministerio de Seguridad; y Leandro González, secretario Administrativo del Concejo Municipal.

 

En la reunión, las autoridades coincidieron en la elaboración de un mensaje claro que refute la idea que las familias están más seguras cuando los ciudadanos tienen armas en sus hogares, ya que en definitiva terminan representando  las situaciones en donde se dan mayores casos de accidentes.

 

Una referencia a nivel nacional

En la primera etapa del Plan, la ciudad de Santa Fe lideró la entrega de armas de fuego en el país: 4.644 armas, lo que equivale a 9 artefactos cada mil personas. Con relación a la postura que han tomado los santafesinos en cuanto a la entrega voluntaria de armas de fuego, Simoniello manifestó que "las cifras del desarme son una clara muestra de la importancia que estas políticas públicas toman en la medida de que los números también reflejan colaboración y voluntad de los vecinos de vivir en una sociedad más sana y menos violenta”.

 

“Para profundizar este camino es importante el aspecto de difusión y concientización respecto a comunicar un mensaje para la eliminación del uso y disposición de armas de fuego en la sociedad civil. Si buscamos una convivencia doméstica y social más segura, es vital trabajar en la resolución no violenta de los conflictos para mejorar las condiciones de vida, fortalecer el ejercicio de la democracia y el respeto de los derechos humanos”, aseveró Simoniello.

 

Por el Desarme

Vale resaltar que respecto a este tema, durante su mandato como diputado provincial, Leonardo Simoniello había propuesto la creación de una “Comisión Provincial del Desarme Voluntario”. El proyecto de ley fue presentado en marzo del año pasado y obtuvo media sanción en la Cámara de Diputados en el mes de octubre. Además, el actual Presidente del Concejo Municipal fue impulsor de la Ley Provincial Nº 12.929 de adhesión a la Ley Nacional Nº 25.938 que creó el Registro Nacional de Armas de Fuego y materiales controlados, secuestrados, e incautados; aprobada en septiembre de 2008. Asimismo, durante 2004, como concejal de Santa Fe había promovido el primer programa de desarme así como la prohibición de venta y fabricación de juguetes bélicos.

 

Entrega voluntaria

Es importante aclarar que los únicos lugares habilitados en la provincia para recepcionar armas de fuego son las delegaciones del RENAR. En nuestra ciudad, la sede está ubicada en Francia 3550, teléfono (0342) 455 7996.

 

Quienes entreguen voluntariamente revólveres, pistolas y carabinas calibre 22 y 32, escopetas calibre 36, 32, 28, "pistolones" y las armas que no están calificadas, recibirán a cambio 200 pesos. Para los revólveres 38, pistolas 6,35 mm y 7,65 mm, escopetas calibre 24, 20 y 16, y carabinas y fusiles no especificados, el incentivo será de 300 pesos. En el caso de los revólveres .357 Magnum, 44 y 44 Magnum, las pistolas 380, las escopetas calibre 12 y las carabinas 17, 22 Magnum, 38 y 44-40, es de 400 pesos. Finalmente, por las pistolas 9 mm, 10 mm, .40 y 45 y las carabinas y fusiles 7,62 mm, 7,65mm, 5,56 mm y .30, se pagarán 600 pesos. Mientras que por cada munición se entregarán 10 centavos.

 

 

Proyecto de Ordenanza:

 

“Política Municipal en relación al Programa Nacional

de entrega voluntaria de armas de fuego” 

Articulo 1º: Créase un “Consejo Municipal de Promoción del Desarme Voluntario”, el que estará a cargo de desarrollar e implementar acciones complementarias, de difusión e impulso del “Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego”, establecido por la Ley Nº 26.216, prorrogada por la Ley Nº 26.644, en el ámbito de la Ciudad de Santa Fe  y en un todo de acuerdo con los alcances de la presente.

 

Artículo 2º: El Consejo estará integrado por:

1)    El Intendente de la Ciudad de Santa Fe o el funcionario que éste designe en su representación.

2)    Un representante designado por cada una de las Universidades con asiento en la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz -Universidad Nacional del Litoral, Universidad Tecnológica Nacional y Universidad Católica de Santa Fe-, que tengan un área específica que genere políticas relacionadas a la seguridad comunitaria.

3)    El Presidente del Concejo Municipal y dos Concejales a elección del cuerpo.

4)    Un representante de la Secretaría de Educación del Departamento Ejecutivo Municipal.

5)    Un representante de la Secretaría de Comunicación del Departamento Ejecutivo Municipal.

6)    Representantes de Organizaciones no Gubernamentales que generen políticas relacionadas a la seguridad comunitaria.

7)    Un representante de la Unidad Regional Uno de la Policía de la Provincia de Santa Fe.

 

El Consejo podrá dictar su reglamento interno y será presidido por el Intendente de la Ciudad de Santa Fe o el funcionario que éste designe en su representación.

 

Artículo 3º: El “Consejo Municipal de Promoción del Desarme Voluntario”, podrá coordinar actividades, estrategias y acciones con las dependencias pertinentes del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe y con la Delegación Santa Fe del RENAR.

A tales efectos, el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe y la Delegación Santa Fe del RENAR, podrán designar representantes que integrarán el Consejo.

 

Artículo 4º: El Departamento Ejecutivo Municipal colocará en las oportunidades que se determinen, en las boletas de Tasa General de Inmueble (TGI) y el Derecho de  Registro e Inspección (DReI), un logo de identificación del “Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego” con el objetivo de lograr una adecuada difusión en la población en general.

 

Artículo 5º: El “Consejo Municipal de Promoción del Desarme Voluntario”, en coordinación con el Departamento Ejecutivo Municipal y Concejo Municipal de la Ciudad de Santa Fe, desarrollará campañas publicitarias, por internet, medios gráficos, televisivos y radiales, tendientes a difundir toda la información de interés atinente al “Programa Nacional de entrega voluntaria de armas de fuego”, así como toda otra estrategia o acción complementaria que se implemente en este sentido.

 

Artículo 6º: El Departamento Ejecutivo Municipal podrá establecer, vía reglamentación, el otorgamiento de incentivos –no dinerario- a toda persona que realice la entrega voluntaria de armas de fuego y municiones, independientemente del previsto en la ley 26.216 y sus prórrogas.

 

Artículo 7º: Los gastos que demande el cumplimiento de las disposiciones de la presente ordenanza serán atendidos con los recursos que destine a tal efecto la ordenanza de presupuesto municipal.

Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las modificaciones presupuestarias necesarias para el cumplimiento de la presente ordenanza durante el ejercicio financiero de entrada en vigencia de la misma.

 

Articulo 8º: El Departamento Ejecutivo Municipal reglamentará la presente ordenanza dentro de los 30 días de sancionada.

 

Articulo 9º: De forma.

Fundamentos

Concejales y Concejalas:

La presentación de este proyecto de Ordenanza está vinculada a la idea de promover la ejecución del Programa Nacional de Entrega  Voluntaria de Armas de Fuego.                 

La sanción de la Ley Nacional Nº 26.216 declaró en su momento la emergencia nacional en materia de tenencia, fabricación, importación, exportación, transporte, depósito, almacenamiento, tránsito internacional, registración, donación, comodato y compraventa de armas de fuego, municiones, explosivos y demás materiales controlados, registrados o no registrados, durante el término de un año; con posterioridad a ello, dicho Programa fue prorrogado por el Decreto Nº 560/08 y por la Ley Nacional Nº 26.520.

El 13 de Octubre del 2010, el Congreso Nacional  sancionó a través de la Ley Nº 26.644, una nueva prórroga, posibilitando la extensión del mismo por el término de dos años más.

Esto nos condujo a la necesidad de tener que promover desde el Municipio Local medidas tendientes a que la sociedad tome conciencia de la importancia que tiene la puesta en práctica de este tipo de Programas, de allí la creación de un “Consejo Municipal de Promoción del Desarme Voluntario”, la que estará a cargo de desarrollar e implementar acciones complementarias y de difusión del “Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego”, en el ámbito de la Ciudad de Santa Fe. Entre sus misiones tendrá la de realizar campañas publicitarias vía internet, medios gráficos, televisivos y radiales, con el fin de difundir toda la información que sea de interés para la comunidad.

Los objetivos principales del programa establecieron; la disminución del uso y proliferación de armas de fuego y municiones, la reducción de accidentes y hechos de violencia, la sensibilización acerca de los riesgos de la tenencia y uso de armas, y la promoción de una cultura de no violencia y resolución pacífica de conflictos que desaliente la tenencia y uso de armas de fuego.

El programa se comenzó a implementar a través de la instalación de puestos fijos y móviles de recepción de armas establecidos en la sede central y delegaciones del Registro Nacional de Armas (RENAR) y se implementaron también puestos en distintos municipios de todo el país.  De los datos obtenidos puede hacerse una lectura sobre la manifiesta voluntad de los santafesinos para la construcción de una sociedad más sana y sin armas. Durante la primera etapa del Plan de Desarme que se llevó adelante en el mes de julio de 2008, nuestra ciudad fue la que mayor cantidad de armas de fuego y municiones entregó en relación a su población; estableciendo un promedio de 9 cada 1.000 habitantes.

Así, en Santa Fe se entregaron 4.700 armas de fuego. El total provincial de armas de fuego entregadas en ese momento fue de 9.941 armas.

Actualmente la segunda instancia del Plan Nacional de Desarme Voluntario se desarrolla en todo el país y, según datos oficiales, se quitaron de circulación 12.677 armas de fuego para su posterior destrucción. Nuestra provincia suma 1.735 armas de ese total.

La reducción de la cantidad de armas en manos de los ciudadanos permite la reducción de armas ilegales, entendiendo que una de las vías de provisión del mercado negro de armas es precisamente el robo y hurto de las mismas.

En este sentido cabe destacar que el objetivo del Programa es garantizar, a través de la destrucción de las armas, la ruptura de la circulación ilegal de las mismas.

La promoción del desarme voluntario está directamente relacionada con la refutación de ciertos mitos urbanos. El trabajo de concientización es vital para derrumbar aquella idea que sostiene que la tenencia de un arma en la vivienda familiar genera un hogar más seguro frente a la posible presencia de delincuentes. Sin embargo, lejos de brindar protección las armas constituyen una necesaria herramienta de agresión. Además, el impacto sobre la calidad de vida es innegable para quienes han sido baleados, traumatizados, intimidados, asaltados y violados a punta de un arma de fuego.

Según información suministrada por la Red Argentina para el Desarme (RAD) sólo uno de cada cuatro hechos donde un arma es disparada corresponde a situación de delito. Los tres restantes están relacionados con conflictos interpersonales (entre vecinos, familiares, etc.) y accidentes (acceso de niños al artefacto o de personas no preparadas para la manipulación del mismo).

El uso frecuente de armas no es más que el síntoma y la expresión de la “enfermedad social” provocada por otros problemas estructurales de arrastre como la desigualdad, el hacinamiento, la mala alimentación o falta de la misma, las dificultades para el acceso a la educación o la salud, la pobreza y otras característica vinculadas a la exclusión social, así como también la descomposición familiar sumados a factores institucionales como la desconfianza en las fuerzas policiales y en la Justicia. Estos son los factores que sientan las bases de la violencia social.

Considerando que la modificación de las problemáticas sociales que mencionábamos, está vinculada a un proceso en el tiempo y a muchos frentes donde el Estado y la sociedad civil deben trabajar articuladamente se debe trabajar en un doble sentido: logrando un mayor control sobre las armas existentes y también desalentar la tenencia y uso de las armas por parte de la población. 

En definitiva, la entrega voluntaria y posterior destrucción de las armas de fuego contribuyen a la construcción de una sociedad más pacífica.

Por ultimo el Departamento Ejecutivo debe trabajar mancomunadamente con los organismos nacionales y provinciales vinculados a la materia, fomentando el debate  y la discusión pública sobre la temática, involucrando para ello, a las Organizaciones Civiles Intermedias.

 

 

 


Of. Prensa Simoniello

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