EXPTE: CO-0062-01311267-7
Presentado: 13 JUN 2016
Artículo 1º: Incorpórese como punto 2.1.13 de la Ordenanza Nº 7.279 - Reglamento de Edificaciones- , el siguiente:
“2.1.13 CADUCIDAD DEL PERMISO DE OBRAS PARA GRANDES PROYECTOS URBANOS
Retirado el Permiso de Obras para Grandes Proyectos Urbanos, el profesional actuante deberá dar aviso del inicio de las obras previstas al Departamento Ejecutivo Municipal, en el plazo de tres (3) años. De lo contrario, previa notificación al propietario y al profesional interviniente, quedara en suspensión por treinta días el permiso.
En el transcurso de dicho plazo el propietario o el profesional interviniente podrán presentarse por única vez y tramitar una prórroga por un (1) año para iniciar las obras, mediante solicitud fundada.
Vencido el término de treinta días, sin efectuarse ninguna solicitud, se considerará caduco el permiso y desistido el propósito de ejecutar las obras.
Trascurridos seis (6) años desde la fecha de inicio de las obras previstas, la obra deberá estar terminada y con Certificado Final de Obras otorgado. De lo contrario, previa notificación al propietario y al profesional interviniente, se considerará caduco el permiso y se perderá el derecho a ejecutar las obras.
Las obras podrán retomarse tramitando un nuevo Permiso de Obras y abonando los derechos respectivos, todo de acuerdo a la normativa vigente al momento de su tramitación.
A tales efectos, se entenderá por Grandes Proyectos Urbanos a aquellas obras que reúnan uno o más de los indicadores que se enuncian a continuación:
a) Inmueble de vivienda colectiva con más de diez (10) unidades habitacionales.
b) Inmuebles con superficie cubierta total superior a 600 m2.
b) Edificio en alturas con más de cuatro (4) niveles, incluida la plata baja.
c) Edificios y/u obras que, en razón de su complejidad arquitectónica o urbanística o por sus implicancias ambientales, paisajísticas o patrimoniales ameriten tal carácter.”
Artículo 2 º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.
A través de presente iniciativa se pretende establecer un plazo de caducidad para los permisos de obra otorgados por el Departamento Ejecutivo Municipal para Grandes Proyectos Urbanos, entendiendo como tales aquellos inmueble de vivienda colectiva con más de diez (10) unidades habitacionales y/o con superficie cubierta total superior a 600 m2 y/o edificio en alturas con más de cuatro (4) niveles, incluida la plata baja y/u obras que, en razón de su complejidad arquitectónica o urbanística o por sus implicancias ambientales, paisajísticas o patrimoniales ameriten tal carácter.
El Permiso de obra es un acto administrativo declarativo de derechos, de carácter temporal. Opera como instrumento de autorización, en virtud del cual se verifica que la obra proyectada por el solicitante se ajuste a las exigencias del interés público urbanístico plasmado en el ordenamiento vigente, esta destinado a asegurar la eficacia del Ordenamiento Urbano ideado para la ciudad.
En este sentido, de nada sirve comprobar que un proyecto se ajusta a la normativa actual, si el mismo se ejecutará muchos años más tarde, cuando dicha normativa haya sido reformada.
Por tal motivo, proponemos que los permisos de Obra otorgados para Grandes Proyectos Urbanos tengan plazo de caducidad.
El proyecto prevé que el profesional actuante deba, una vez retirado el permiso, dar aviso del inicio de las obras previstas al Departamento Ejecutivo Municipal, en el plazo de tres (3) años. De lo contrario, el permiso queda en suspensión por treinta días, en los que propietario o profesional interviniente pueden tramitar una prorroga mediante solicitud fundada. Si tal solicitud no se efectúa, se considerará caduco el permiso y desistido el propósito de ejecutar las obras.
Asimismo, la iniciativa establece que transcurridos seis (6) años desde la fecha de inicio de las obras previstas, la misma deberá estar terminada y con Certificado Final de Obras otorgado, de lo contrario, se considerará caduco el permiso y se perderá el derecho a ejecutar las obras, las que solo podrán retomarse tramitando un nuevo Permiso de Obras y abonando los derechos respectivos, todo de acuerdo a la normativa vigente al momento de su tramitación.
Con la finalidad de garantizar el Diseño y la Planificación Urbana creemos que es necesario incorporar a la normativa urbanística de la ciudad el concepto de Caducidad de los Permisos de Obra, especialmente para Grandes Proyectos Urbanos, optimizando la Gestión Urbana, que es la que define como se ejecuta lo planificado.
Por lo expuesto, solicito a mis pares el acompañamiento necesario para la aprobación del presente proyecto.
Ordenanza
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