06 AGO 2015 / Publicaciones
El Concejo aprobó un marco normativo para áreas de juegos infantiles

El Proyecto de Ordenanza fue avalado de manera unánime por todos los Concejales. La iniciativa había sido elaborada en forma conjunta por Leonardo Simoniello y Leandro González, con el objetivo de controlar el diseño, instalación y mantenimiento de espacios de juego y de juegos infantiles al aire libre. También se incluyeron criterios para la accesibilidad e integración de niños y niñas.

En la primera Sesión del Segundo Período Ordinario del año, el Concejo Municipal aprobó en forma unánime un Proyecto de Ordenanza que hace referencia a un marco normativo para espacios recreativos en la ciudad. La propuesta, ingresada por el presidente del Cuerpo, Leonardo Simoniello; y el concejal Leandro González (FPCyS-UCR), establece “pautas para la prevención, procurando la disminución de riesgos y daños de niños y niñas en la utilización de juegos infantiles colocados al aire libre para uso público”.

En el Recinto, González explicó que “los más chicos también tienen derecho al juego, y entendemos a los espacios públicos como herramientas para la igualdad de oportunidades. El juego contribuye a la formación integral de los niños y promueve la salud psicofísica, como casi ningún otro ámbito. También los ayuda a ejercitar nuevas habilidades y a resolver situaciones complejas y, sobre todo, permite relacionarse con iguales. A su vez, buscamos que las áreas de juego motiven la motricidad, la inclusión, la convivencia y el encuentro de los chicos”, enumeró.

El Concejal radical afirmó que “es política de la gestión municipal la recuperación y el fortalecimiento de espacios públicos. Por otro lado, entendemos también que debemos continuar avanzando en iniciativas como las que hoy aprobamos, destinada a niños y niñas de la ciudad”.

Accesibilidad

“En la normativa también se contempla promover áreas de juego, cuyos diseños, disposición e instalaciones, se desarrollen de conformidad a criterios de accesibilidad para la integración e inclusión de todos los niños y niñas. De este modo, se acompañan los preceptos establecidos en el Plan Municipal de Accesibilidad, creado mediante la Ordenanza Nº 11.939”, destacó Leandro González.

En la misma línea, se fomenta la utilización de colores, formas y elementos temáticos en el diseño de juegos infantiles, de modo de promover la creatividad de niños y niñas, sin perjuicio de la observancia de las pautas de estética urbana, arquitectónicas y paisajísticas establecidas en la ciudad.

Asimismo, se prevé un relevamiento y registro de las áreas de juego y de juegos infantiles y la implementación de un plan de inspecciones periódicas de los lugares con el objetivo de constatar las condiciones de higiene, seguridad y accesibilidad de los mismos.

Nuevas pautas

Para la implementación de nuevos juegos, éstos deberán ser diseñados y construidos en materiales resistentes y no tóxicos, e instalados con sujeciones firmes y estables. En tanto, las superficies ubicadas por debajo y alrededor del equipo, en el área de juego, deberán ser de materiales blandos de tal forma que permitan la adecuada absorción y amortiguación de impactos y golpes.

Los espacios de juego deberán estar a una distancia adecuada de la calzada y de las vías de circulación o con su perímetro vallado con medios naturales o artificiales para que los niños no accedan a la calzada con facilidad. En el caso de juegos elevados con respecto al nivel del suelo, se deberán colocar barandas en las plataformas, rampas, escaleras y todo otro elemento de accesibilidad y seguridad que se estime conveniente.

Derecho constitucional

El derecho del niño al juego es reconocido en el texto de la Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989; y cuenta con rango constitucional desde la Reforma del año 1994 en virtud del artículo 75 inciso 22 de la Constitución de la Nación Argentina y sancionada como Ley Nº 23.849 en septiembre de 1990.

La Convención de los Niños reconoce a los niños y niñas como sujetos de derecho, convirtiendo a las personas adultas en sujetos de responsabilidades y poniendo énfasis en aquellos derechos relacionados con la singular condición de seres humanos de los niños que, requieren de protección especial, por no haber alcanzado el pleno desarrollo físico y mental.

Además, la Convención consagra en su artículo 31 la importancia del juego para el desarrollo del niño. La iniciativa propuesta se basa en el reconocimiento aludido del derecho al juego y busca fortalecer el rol del Estado en cuanto a generador de herramientas para el cumplimiento efectivo de los derechos de niños, niñas y adolescentes. Para ello, se propone contar con adecuados ámbitos de juego en la ciudad como condición necesaria para que los niños puedan recrearse y desarrollarse.


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